Procedimiento para realizar solicitud de Examen supletorio
Publicado el 09/09/2026 03:08 PM por Ingenieria Pesquera
CAPITULO IX: De la Evaluación Académica (Reglamento estudiantil)
ARTÍCULO 119. Examen Supletorio. Es la prueba oral o escrita que debe realizar un estudiante cuando no pudo cumplir con la fecha y hora programada por un docente para realizar un examen ordinario.
PARÁGRAFO. Los exámenes supletorios tienen un costo, que será fijado por el Consejo Superior.
ARTÍCULO 120. La solicitud hecha para Examen Supletorio será presentada al Director de Programa dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha del examen ordinario, acompañada de los comprobantes que fundamentan la petición.
Para solicitar la autorización para presentar un examen supletorio, el estudiante deberá realizar el siguiente procedimiento:
- Remitir correo electrónico a gestiondocumental@unimagdalena.edu.co, dirigida a la Dirección de Programa de Ingeniería pesquera en cual debe solicitar la autorización del examen supletorio.
- Adjuntar el formato GA-F-013 para la solicitud de supletorio publicado en el sistema COGUI (clic Aquí) debidamente diligenciado y firmado. En este formato se deberán indicar los motivos por los cuales no fue posible asistir al examen regular.
- La solicitud deberá presentarse dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de realización del examen regular.
- Adjuntar el pago correspondiente por concepto de supletorio. El recibo o pago debe ser generado desde la página web institucional de pago por concepto de Supletorios Pregrado presencial https://pse.unimagdalena.edu.co/Volante/Index/180 .
- Importante: El pago del examen supletorio no garantiza su autorización. La solicitud estará sujeta a la revisión y aprobación de la Dirección del Programa, de acuerdo con la justificación presentada y la normativa institucional vigente
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El costo de los Supletorios (Pregrado presencial) para la vigencia 2026 es de $36,500
- Adjuntar los documentos que respalden la justificación indicada en el formato de solicitud, o la causa por la cual no fue posible asistir al examen en la fecha establecida.
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Si la inasistencia se debe a una incapacidad médica, esta deberá estar previamente reportada mediante el Formato Único de Incapacidad Médica expedido por Bienestar Universitario.
En caso de contar con una incapacidad expedida por una entidad médica externa, el estudiante deberá acercarse al Consultorio Médico de Bienestar Universitario y solicitar la correspondiente transcripción de la incapacidad, antes de presentar la solicitud de examen supletorio.
- Es importante aclarar que no se autorizarán supletorios extemporáneos